Anonimizar una sentencia antes de comentarla o compartirla
Comentar jurisprudencia, publicar un caso en un blog jurídico o simplemente archivar una resolución fuera del expediente original — casi nunca hace falta el nombre completo, el DNI o el domicilio de las partes para que la sentencia siga teniendo valor como referencia.
Ni siquiera el Consejo General del Poder Judicial se libró de este error: en 2022 la AEPD lo apercibió (expediente PS/00432/2020) por publicar una resolución judicial sin anonimizar los datos del reclamante, que además acabó indexada por Google y replicada en un sitio de terceros. Ver el caso completo →
Qué suele hacer falta anonimizar en una sentencia
Identidad de las partes
Nombre, apellidos, DNI/NIE de demandante, demandado y testigos.
Datos de contacto
Domicilio, teléfono o email si aparecen citados en los antecedentes de hecho.
Un matiz importante
Una vez publicada, una sentencia deja de tener el mismo tratamiento que un documento interno: los tribunales publican resoluciones con criterios propios de anonimización (por ejemplo, el CENDOJ ya anonimiza antes de publicar en su base de datos oficial). Esta herramienta es útil sobre todo cuando tú vas a volver a publicar, comentar o compartir una resolución por tu cuenta — un blog, una newsletter jurídica, una recopilación temática — y quieres asegurarte de no reintroducir datos que ya se habían quitado, o de anonimizar una resolución que no pasó por ese filtro.
Cómo funciona
Subes el PDF de la sentencia, la IA localiza nombres, DNI, direcciones y teléfonos, y revisas cada detección antes de descargar. El documento se procesa en tu navegador — el detalle técnico completo está en seguridad y privacidad.
