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Glosario: RGPD, AEPD, anonimización y pseudonimización

Términos que aparecen constantemente al hablar de proteger datos personales en documentos, explicados sin jerga innecesaria.

RGPD
Reglamento General de Protección de Datos. Norma europea (Reglamento UE 2016/679) que regula cómo se tratan los datos personales en toda la Unión Europea desde 2018.
LOPDGDD
Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales. Es la ley española que desarrolla y complementa el RGPD, y que regula, entre otras cosas, cómo se sancionan las infracciones a las administraciones públicas.
AEPD
Agencia Española de Protección de Datos. El organismo público que vigila el cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD en España, resuelve reclamaciones e impone sanciones o apercibimientos.
Minimización de datos
Principio del art. 5.1.c) RGPD: solo se deben tratar los datos personales "adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario" para el fin concreto. Si no hace falta el DNI para el propósito del documento, no debería estar ahí.
Anonimización
Proceso que elimina la posibilidad de identificar a una persona a partir de un conjunto de datos, de forma irreversible. Un dato verdaderamente anonimizado deja de ser un dato personal a efectos del RGPD.
Pseudonimización
Sustituir un dato identificativo por un código o referencia (por ejemplo, "Paciente 042" en vez de un nombre). A diferencia de la anonimización, sigue siendo un dato personal si existe una forma razonable de revertir la sustitución — por eso el RGPD sigue aplicándose a los datos pseudonimizados.
Dato de categoría especial
Datos especialmente protegidos por el art. 9 RGPD: salud, origen étnico, afiliación sindical, orientación sexual, creencias religiosas, entre otros. Requieren garantías adicionales frente a los datos personales generales.
Resolución (de la AEPD)
Decisión administrativa de la AEPD sobre un expediente — puede ser una sanción económica, un apercibimiento o el archivo del caso. No es lo mismo que una "sentencia": las resoluciones las dicta la AEPD, las sentencias las dictan los tribunales de justicia.
Apercibimiento
Amonestación administrativa de la AEPD por una infracción, sin multa económica. Es habitual cuando la infractora es una administración pública o cuando la gravedad no justifica una sanción económica.

Puedes ver estos conceptos aplicados a casos reales en casos reales de RGPD, qué exige exactamente la norma en anonimizar según el RGPD, o el detalle de qué hace Redactex técnicamente en seguridad y privacidad.

Como referencia práctica: Redactex elimina el dato en vez de sustituirlo por un código, lo que lo acerca a una anonimización real y no a una simple pseudonimización.